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Adquisición y promoción de bienes inmuebles de naturaleza urbana para su arrendamiento.
PERSEPOLIS INVESTMENTS 1 SOCIMI, SA (en adelante “la Sociedad”) es una
sociedad española con C.I.F. A-87111332, constituida por tiempo indefinido el 3 de
octubre de 2014. Su domicilio social radica en calle Sagasta, 12, 6º exterior izquierda de Madrid.
La Sociedad se acogió al régimen especial de las Sociedades Anónimas Cotizadas
de Inversión en el Mercado Inmobiliario ("SOCIMI"), regulado por la Ley 11/2009, de
26 de octubre.
Consta inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al Tomo 32609, Folio 145, Hoja número M 586944, inscripción 1ª
La actividad principal desarrollada por la Sociedad consiste en la adquisición y
promoción de bienes inmuebles de naturaleza urbana para su arrendamiento.
Objeto Social
La Sociedad tendrá por objeto:
La adquisición y promoción de bienes inmuebles de naturaleza urbana para su arrendamiento.
La tenencia de participaciones en el capital de otras sociedades cotizadas de inversión en el mercado inmobiliario (“SOCIMIs”) o en el de otras entidades no residentes en territorio español que tengan el mismo objeto social que aquéllas que estén sometidas a un régimen similar al establecido para las SOCIMIs en cuanto a la política obligatoria, legal o estatutaria, de distribución de beneficios.
La tenencia de participaciones en el capital de otras entidades, residentes o no en territorio español, que tengan como objeto social principal la adquisición de bienes inmuebles de naturaleza urbana para su arrendamiento y que estén sometidas al mismo régimen establecido para las SOCIMI en cuanto a la política obligatoria, legal o estatutaria, de distribución de beneficios y cumplan los requisitos de inversión a que se refiere el artículo 3 de la Ley 11/2009, de 26 de octubre de sociedades anónimas cotizadas de inversión en el mercado inmobiliario
(la “Ley de SOCIMIs”).
La tenencia de acciones o participaciones de Instituciones de Inversión Colectiva Inmobiliaria reguladas en la Ley 35/2003 de 4 de noviembre de Inversiones de Institución Colectiva.
El desarrollo de otras actividades accesorias a las referidas anteriormente entendiéndose como tales aquellas cuyas rentas representen, en su conjunto, menos del 20 por 100 de las rentas totales de la Sociedad en cada periodo impositivo o aquellas que puedan considerarse accesorias de acuerdo con la ley aplicable en cada momento.
Dichas actividades podrán ser desarrolladas por la Sociedad, total o parcialmente, de modo indirecto, mediante la titularidad de acciones o participaciones en sociedades de objeto idéntico o análogo.
Quedan excluidas todas aquellas actividades para cuyo ejercicio la Ley exija requisitos especiales que no queden cumplidos por esta sociedad. Si la Ley exigiere para el ejercicio de las actividades incluidas en el objeto social algún título profesional, éstas deberán realizarse por medio de persona que ostente la titulación requerida.
Aquellas actividades que por disposición legal requieran para su ejercicio autorización administrativa, licencia o inscripción en un registro especial, no podrán realizarse sin el previo cumplimiento de estos requisitos.
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Consejo de Administración
El órgano de administración de la Sociedad está constituido por un Consejo de Administración cuya principal responsabilidad es la gestión, representación y administración de los negocios de la misma de acuerdo con la legalidad vigente y a lo establecido en los Estatutos y en el Reglamento Interno de Conducta aprobado.
Dicho Consejo de Administración se encuentra formado por las siguientes personas:
Dña. Mitra Ghamsari
Presidente
La Sociedad mantiene externalizada la función del puesto de Secretario delConsejo (no consejero) por parte del abogado D. Miguel García Stuyck de cara a asegurar un adecuado cumplimiento de todas las obligaciones en materia mercantil y del mercado de valores.
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